Instituciones
Negociado de Energía de Puerto Rico
Es el regulador especializado del servicio eléctrico en Puerto Rico. Examina tarifas, planificación, confiabilidad y controversias dentro de su jurisdicción. Regula a la AEE y a otras compañías de energía certificadas; no es la compañía que presta o factura el servicio.
Arts. 6.3–6.4 ↗Art. 6.4 ↗ · Consulta de fuentes:Negociado de Energía de Puerto Rico · Puerto Rico Energy Bureau · NEPR · Comisión de Energía de Puerto Rico · CEPR · Puerto Rico Energy Commission · PREB
- Nivel de gobierno
- Estatal
- Rama o agrupación
- Ejecutiva
- Tipo
- Negociado
- Consulta de fuentes
- 18 oct 2026
Qué hace
- Aprueba, revisa y, cuando corresponde, modifica tarifas y cargos de servicio eléctrico. Un procedimiento sobre la tarifa general y la revisión de una factura individual tienen objetos distintos y requisitos propios.Arts. 6.3(n), 6.4(a)(1)–(2), 6.27 ↗Art. 6.4 ↗Art. 6.27 ↗ · Consulta de fuentes:
- Revisa y aprueba planes de recursos energéticos y fiscaliza su cumplimiento. La planificación considera cómo atender la demanda de electricidad; no es una orden de reparación para una avería individual.Art. 6.3(k); art. 6.23 ↗Art. 6.23 ↗ · Consulta de fuentes:
- Fiscaliza calidad, eficiencia y confiabilidad; establece estándares de interconexión y puede requerir información, realizar investigaciones e inspecciones y adoptar medidas para hacer cumplir la ley. La competencia incluye compañías certificadas, además de la AEE.Art. 6.3(d), (s), (w), (bb) ↗Art. 6.3(s), (w) ↗Art. 6.3(bb) ↗ · Consulta de fuentes:
- Adjudica controversias sobre facturación, interconexión, contratos y cumplimiento energético según su competencia. Para revisar una factura, la ley exige primero agotar el procedimiento ante la compañía que la cobró.Arts. 6.4(a), 6.27(a) ↗Art. 6.27(a) ↗ · Consulta de fuentes:
En la vida cotidiana
Una factura incluye un cargo que el cliente considera erróneo. Primero se solicita investigación a la compañía que emitió la factura, siguiendo el procedimiento aplicable; luego puede solicitarse revisión ante el NEPR. La OIPC puede orientar y evaluar representación. Esto no equivale a impugnar por esa vía la tarifa general vigente ni garantiza que se elimine el cargo.Art. 6.27(a) ↗Art. 6.27(a)(4)–(5) ↗Art. 6.42(d) ↗ · Consulta de fuentes:
Cómo distinguirla de otras instituciones
El NEPR está integrado en la estructura de la JRSP con independencia operacional y funcional. La JRSP no revisa sus determinaciones finales; la revisión judicial corresponde al Tribunal de Apelaciones, con las excepciones federales de ley.Secs. 7, 9 ↗Sec. 9 ↗Art. 6.5(c) ↗ · Consulta de fuentes:
La OIPC puede defender los intereses de consumidores ante el NEPR. Es una oficina distinta e independiente del regulador y de las compañías reguladas: representar a una parte y decidir la controversia son funciones diferentes.Art. 6.40(b)–(c) ↗Art. 6.42 ↗ · Consulta de fuentes:
Servicios y orientación oficiales
- Órdenes, resoluciones y expedientes ↗
- Funciones del regulador ↗
- Orientación de la OIPC sobre procesos de energía ↗
Los requisitos, formularios e itinerarios se confirman en el portal oficial enlazado.
Cómo encaja
- Regula a: Autoridad de Energía Eléctrica Art. 6.4(b)(1) ↗ · Consulta de fuentes:
- Componente con autonomía funcional de: Junta Reglamentadora de Servicio Público Secs. 6–8 ↗ · Consulta de fuentes:
- Cinco integrantes nombrados por: Oficina de la Gobernadora Art. 6.5(a) ↗ · Consulta de fuentes:
- Cinco integrantes sujetos a confirmación del: Senado de Puerto Rico Art. 6.5(a) ↗ · Consulta de fuentes:
- Revisión judicial; excepciones federales, por: Tribunal de Apelaciones Sec. 9 ↗Art. 6.5(c) ↗ · Consulta de fuentes:
- Defensa del consumidor ante este foro por: Oficina Independiente de Protección al Consumidor Art. 6.42(c)–(h) ↗ · Consulta de fuentes:
- Aportación presupuestaria por ley: Oficina Independiente de Protección al Consumidor Art. 6.43 ↗ · Consulta de fuentes:
Las agrupaciones del mapa facilitan la navegación; no representan por sí solas autoridad de mando.
Dirección y nombramientos
Presidencia del Negociado de Energía
El gobernador nombra la Presidencia y cuatro comisionados asociados con consejo y consentimiento del Senado. El portal de comisionados identifica a Edison Avilés-Deliz como presidente. La Presidencia y el cuerpo de comisionados tienen funciones legales diferenciadas; las fechas individuales de nombramiento, confirmación y vencimiento no se certifican en esta revisión.Arts. 6.5–6.7, 6.9 ↗Arts. 6.7–6.9 ↗Lista de comisionados ↗ · Consulta de fuentes:
Edison Avilés-Deliz
Consulta de fuentes: 18 oct 2026 · Fuentes y método ↓
- Nombramiento
- Pendiente de verificación
- Confirmación
- Pendiente de verificación
- Fin del término
- Pendiente de verificación
Gobierno y composición
El cuerpo rector tiene cinco asientos, sin representantes ex officio de las compañías reguladas. Los sucesores tienen términos de seis años y existen reglas de continuidad hasta el nombramiento del sucesor y restricciones de intereses. El portal publica a Avilés-Deliz, Omar M. Rodríguez González, Ferdinand A. Ramos Soegaard, Sylvia B. Ugarte Araujo y Antonio Torres Miranda. La lista se conserva como nómina publicada; no prueba por sí sola las fechas de cada término ni certifica ausencia de vacantes posteriores.Arts. 6.5–6.6 ↗Art. 6.6(e) ↗Lista de comisionados ↗ · Consulta de fuentes:
| Integrante publicado | Puesto o representación | Fin del término |
|---|---|---|
| Edison Avilés-Deliz | Presidencia publicada | Pendiente de verificación |
| Omar M. Rodríguez González | Comisionado/a asociado/a publicado/a | Pendiente de verificación |
| Ferdinand A. Ramos Soegaard | Comisionado/a asociado/a publicado/a | Pendiente de verificación |
| Sylvia B. Ugarte Araujo | Comisionado/a asociado/a publicado/a | Pendiente de verificación |
| Antonio Torres Miranda | Comisionado/a asociado/a publicado/a | Pendiente de verificación |
La lista de integrantes, vacantes y términos no está certificada como completa. Un término vencido no se interpreta automáticamente como vacante; algunas leyes permiten continuar hasta que tome posesión un sucesor.
Consulta de fuentes: 18 oct 2026
Fuentes y método
La fecha de consulta no equivale a la fecha de actualización de la institución.
- NEPR – Negociado de Energía de Puerto Rico ↗https://www.energia.pr.gov/Consulta de fuentes: 17 oct 2026
- NEPR — Portal y búsqueda de órdenes y resoluciones ↗https://energia.pr.gov/Consulta de fuentes: 18 oct 2026
- Ley 57-2014 — Transformación y ALIVIO Energético (compilación OGP) ↗https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/LeyesOrganicas/Pages/57-2014.pdfConsulta de fuentes: 18 oct 2026 · Revisión del documento: 28 abr 2026
- Ley 211-2018 — Ejecución de la reorganización de la JRSP (compilación OGP) ↗https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/LeyesOrganicas/Pages/211-2018.pdfConsulta de fuentes: 18 oct 2026 · Revisión del documento: 15 abr 2024
- NEPR — Comisionados publicados ↗https://energia.pr.gov/comisionados/Consulta de fuentes: 18 oct 2026
- NEPR — Funciones y responsabilidades ↗https://energia.pr.gov/sobre-la-comision/Consulta de fuentes: 18 oct 2026
- OIPC — Procesos ante el Negociado de Energía ↗https://oipc.pr.gov/energia/procesos-ante-el-negociado-de-energia-de-puerto-rico/Consulta de fuentes: 18 oct 2026