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Instituciones

Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres

Planifica y coordina la preparación, respuesta, recuperación y mitigación ante emergencias y desastres, en colaboración con agencias y municipios.

Arts. 4.01, 4.04 ↗ · Consulta de fuentes:

Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres · Bureau of Emergency Management and Disaster Administration · NMEAD

NMEADEstatalActiva
Nivel de gobierno
Estatal
Rama o agrupación
Ejecutiva
Tipo
Negociado
Consulta de fuentes
18 oct 2026

Qué hace

  • Desarrolla y mantiene el Plan Estatal para el Manejo de Emergencias y coordina planes de entidades estatales y municipales.Art. 4.04(a)–(b) ↗ · Consulta de fuentes:
  • Coordina labores interagenciales durante emergencias o desastres, incluida la movilización de recursos y la evaluación de daños.Art. 4.04(c), (g) ↗ · Consulta de fuentes:
  • Realiza educación y adiestramiento para la prevención y el manejo de emergencias y coordina esfuerzos de búsqueda y rescate.Art. 4.04(i)–(l) ↗ · Consulta de fuentes:

En la vida cotidiana

La coordinación de recursos y la evaluación de daños tras un huracán pueden involucrar a NMEAD, municipios y otras agencias. La existencia de ayuda federal no convierte a NMEAD en una agencia federal.Arts. 1.06(b), 4.04 ↗ · Consulta de fuentes:

Cómo distinguirla de otras instituciones

Las oficinas municipales de manejo de emergencias tienen un director nombrado por el alcalde con aprobación de la legislatura municipal. Coordinar con NMEAD no convierte cada oficina en un negociado estatal.Art. 4.09 ↗ · Consulta de fuentes:

NMEAD coordina emergencias y desastres; el 9-1-1 recibe y canaliza llamadas individuales de emergencia. Son funciones complementarias, no nombres del mismo organismo.Arts. 3.01, 4.04 ↗ · Consulta de fuentes:

Servicios y orientación oficiales

Los requisitos, formularios e itinerarios se confirman en el portal oficial enlazado.

Cómo encaja

Las agrupaciones del mapa facilitan la navegación; no representan por sí solas autoridad de mando.

Base legal

Ley 20-2017, cap. 4, arts. 4.01–4.09, según enmendada. El art. 1.06(b) establece su sucesión respecto de la anterior agencia estatal de manejo de emergencias.Cap. 4; Art. 1.06(b) ↗ · Consulta de fuentes:

La referencia orgánica orienta la lectura. Consulta el texto y las enmiendas aplicables en las fuentes oficiales; una ficha de directorio puede conservar referencias anteriores.

Dirección y nombramientos

Comisionado o comisionada de Manejo de Emergencias y Administración de Desastres

El comisionado o la comisionada dirige las operaciones diarias. Lo nombra la gobernadora o el gobernador con el consejo y consentimiento del Senado; la supervisión administrativa inmediata corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública.Art. 4.02 ↗ · Consulta de fuentes:

No se publica un nombre sin verificación vigente del cargo.

Nombramiento
Pendiente de verificación
Confirmación
Pendiente de verificación
Fin del término
Pendiente de verificación

La ausencia de un nombre no implica una vacante. No se trasladan automáticamente los nombres del informe inicial a una lista de titulares vigentes.

Gobierno y composición

La ley establece dirección por un comisionado bajo la supervisión de la Secretaría de Seguridad Pública, en lugar de una junta directiva corporativa. Los comités de coordinación previstos en la ley cumplen funciones distintas.Arts. 1.06, 4.02 ↗ · Consulta de fuentes:

Consulta de fuentes: 18 oct 2026

Fuentes y método

La fecha de consulta no equivale a la fecha de actualización de la institución.

  1. DSP — Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres ↗https://www.dsp.pr.gov/negociados/negociado-manejo-de-emergencia-y-administracion-de-desastresConsulta de fuentes: 18 oct 2026
  2. PR.gov — Negociado para el Manejo de Emergencias y Administración de Desastres ↗https://pr.gov/directorio-de-agencias/agencia-estatal-para-el-manejo-de-emergencias-y-administracion-de-desastres-aemead-8Consulta de fuentes: 17 oct 2026
  3. Ley 20-2017 — Departamento de Seguridad Pública (compilación OGP) ↗https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/LeyesOrganicas/Pages/20-2017.pdfConsulta de fuentes: 18 oct 2026 · Revisión del documento: 17 jul 2026
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