Instituciones
Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico
Previene y combate incendios y realiza labores de rescate e inspección vinculadas a la seguridad contra incendios.
Arts. 2.01, 2.04, 2.06 ↗ · Consulta de fuentes:Puerto Rico Fire Bureau · Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico · NCBPR
- Nivel de gobierno
- Estatal
- Rama o agrupación
- Ejecutiva
- Tipo
- Negociado
- Consulta de fuentes
- 18 oct 2026
Qué hace
- Atiende la extinción de incendios y las labores de protección de vidas y propiedades dentro de su competencia.Arts. 2.01, 2.04 ↗ · Consulta de fuentes:
- Realiza inspecciones y labores preventivas de seguridad contra incendios conforme a las facultades que le asigna la ley.Arts. 2.04(r), 2.06 ↗ · Consulta de fuentes:
- Investiga las causas y el origen de incendios y participa en acciones de rescate y prevención.Art. 2.04 ↗ · Consulta de fuentes:
En la vida cotidiana
Un local que necesita orientación sobre inspecciones de prevención de incendios consulta a Bomberos. Es una gestión diferente de la respuesta operacional a un incendio y de una solicitud de ambulancia.Arts. 2.04, 2.06 ↗ · Consulta de fuentes:
Cómo distinguirla de otras instituciones
La recepción de llamadas de emergencia corresponde al sistema 9-1-1; la intervención especializada contra incendios corresponde a Bomberos.Arts. 2.01, 3.01 ↗ · Consulta de fuentes:
La atención médica prehospitalaria es una responsabilidad distinta del Negociado del Cuerpo de Emergencias Médicas, aunque ambos puedan intervenir en un mismo incidente.Arts. 2.01, 5.01 ↗ · Consulta de fuentes:
Servicios y orientación oficiales
Los requisitos, formularios e itinerarios se confirman en el portal oficial enlazado.
Cómo encaja
- Componente de: Departamento de Seguridad Pública Art. 1.06 ↗ · Consulta de fuentes:
- Su dirección es nombrada por: Oficina de la Gobernadora Art. 2.02 ↗ · Consulta de fuentes:
Las agrupaciones del mapa facilitan la navegación; no representan por sí solas autoridad de mando.
Dirección y nombramientos
Comisionado o comisionada del Cuerpo de Bomberos
El comisionado o la comisionada dirige las operaciones diarias. Lo nombra la gobernadora o el gobernador con el consejo y consentimiento del Senado; la supervisión administrativa inmediata corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública.Art. 2.02 ↗ · Consulta de fuentes:
No se publica un nombre sin verificación vigente del cargo.
- Nombramiento
- Pendiente de verificación
- Confirmación
- Pendiente de verificación
- Fin del término
- Pendiente de verificación
La ausencia de un nombre no implica una vacante. No se trasladan automáticamente los nombres del informe inicial a una lista de titulares vigentes.
Gobierno y composición
La ley establece dirección por un comisionado bajo la supervisión de la Secretaría de Seguridad Pública, en lugar de una junta directiva corporativa. Los comités de coordinación previstos en la ley cumplen funciones distintas.Arts. 1.06, 2.02 ↗ · Consulta de fuentes:
Consulta de fuentes: 18 oct 2026
Fuentes y método
La fecha de consulta no equivale a la fecha de actualización de la institución.
- Negociado de Bomberos de Puerto Rico ↗https://www.dsp.pr.gov/negociados/negociado-de-bomberos-de-puerto-ricoConsulta de fuentes: 17 oct 2026
- PR.gov — Negociado del Cuerpo de Bomberos de Puerto Rico ↗https://pr.gov/directorio-de-agencias/cuerpo-de-bomberos-de-puerto-rico-dConsulta de fuentes: 17 oct 2026
- Ley 20-2017 — Departamento de Seguridad Pública (compilación OGP) ↗https://bvirtualogp.pr.gov/ogp/Bvirtual/LeyesOrganicas/Pages/20-2017.pdfConsulta de fuentes: 18 oct 2026 · Revisión del documento: 17 jul 2026
- Negociado del Cuerpo de Bomberos — portal oficial ↗https://www.bomberos.pr.gov/Consulta de fuentes: 18 oct 2026